Provinciales

Les sacaron los lotes del IPV por no vivir allí: la Provincia los reasigna

El Gobierno de Salta anuló adjudicaciones de terrenos fiscales en Capital por falta de ocupación y otros incumplimientos.

El Gobierno de la Provincia de Salta oficializó una serie de medidas vinculadas a la regularización dominial de terrenos fiscales en el Departamento Capital, a través de los Decretos Nº 15 y Nº 16, publicados este martes 13 en el Boletín Oficial.

Las decisiones se enmarcan en el Plan Provincial de Urbanización Social y Regularización Dominial "Mi Lote", creado por el Decreto Nº 399/2020, cuyo objetivo central es garantizar el acceso a una vivienda digna a sectores de menores ingresos, en cumplimiento del artículo 37 de la Constitución Provincial.

Adjudicaciones anuladas por falta de ocupación efectiva

Según lo dispuesto en el Decreto Nº 15, el Ejecutivo dejó sin efecto adjudicaciones en venta de distintos lotes ubicados en barrios de la ciudad de Salta, luego de constatarse que los adjudicatarios originales no cumplían con requisitos esenciales, entre ellos la ocupación efectiva, permanente y con destino de vivienda familiar.

En paralelo, la normativa habilitó la adjudicación en venta de esos mismos terrenos a los actuales ocupantes, quienes lograron acreditar:

  • Residencia efectiva en el inmueble

  • No ser propietarios de otros bienes inmuebles

  • No haber sido beneficiarios de planes habitacionales

  • Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Nº 2616

Les sacaron los lotes del IPV por no vivir allí: la Provincia los reasigna

Reasignación de lotes fiscales y prioridad habitacional

Por su parte, el Decreto Nº 16 avanzó en idéntico sentido, anulando adjudicaciones previas sobre terrenos fiscales donde se verificó la falta de habitabilidad por parte de los beneficiarios originales.

En estos casos, el Ejecutivo provincial resolvió reasignar los lotes a quienes los ocupan actualmente, priorizando de manera expresa su destino como vivienda única, familiar y permanente, en línea con los criterios de inclusión social y ordenamiento territorial.

Condiciones de pago y restricciones

Ambas normas establecen que los terrenos podrán abonarse hasta en 100 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, y que todas las deudas, impuestos provinciales y municipales quedarán a cargo de los nuevos adjudicatarios desde el momento de la notificación oficial.

Además, se fija la prohibición de vender, alquilar, ceder o transferir los lotes sin autorización expresa del Estado provincial, hasta la cancelación total de la hipoteca constituida en garantía del precio.

Escrituras sin impuestos y cláusula de caducidad

Los decretos instruyen a la Escribanía de Gobierno a instrumentar las escrituras traslativas de dominio, con constitución de hipoteca, exentas de impuestos, tasas y contribuciones.

Se advierte, asimismo, que cualquier incumplimiento de las obligaciones asumidas implicará la caducidad automática de la adjudicación, con la reversión del inmueble al dominio provincial, sin derecho a indemnización.

Firmas oficiales

 

Las disposiciones llevan la firma del gobernador Gustavo Sáenz, del jefe de Gabinete de Ministros, Sergio Camacho, y de la secretaria general de la Gobernación, Matilde López Morillo.

Volver arriba