Justicia

Salteña embarazada fue despedida: lo que debe pagarle la empresa

Debido a esta causa, la Justicia resolvió que deben pagarle una indemnización.

La Sala II de la Cámara de Apelaciones del Trabajo falló a favor de una trabajadora embarazada que fue despedida, ordenando una indemnización agravada. El fallo surge tras una apelación presentada contra una condena de primera instancia, resultando en una suma adicional de 1.113.280,34 pesos más los intereses correspondientes.

La Sala II de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, integrada por los jueces José Manuel Pereira y Mirta Inés Regina, ordenaron el pago de $1.113.280,34 más los intereses correspondientes, en base al artículo 178 de la Ley de Contrato de Trabajo

La causa comenzó cuando la empleada informó a su empleadora, mediante una nota, que tomaría la licencia por maternidad posterior al parto. Posteriormente, fue despedida, situación que llevó a la presentación del caso ante la justicia laboral.

Los jueces señalaron la importancia de proteger el instituto de la maternidad, tal como establece el artículo 178 de la Ley de Contrato de Trabajo. Este artículo presume que cualquier despido ocurrido dentro de los siete meses y medio antes o después del parto está relacionado con el embarazo. Por lo tanto, se otorga una indemnización agravada para brindar mayor protección a las trabajadoras embarazadas.

 

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